Ley de Fomento para la Lectura y el Libro
Capítulo V: DE LA DISPONIBILIDAD Y ACCESO EQUITATIVO AL LIBRO
Artículo 25. El precioúnico establecido en el artículo 22 de la presente Ley, no se aplica a las compras que para sus propios fines, excluyendo la reventa, hagan el Estado, las bibliotecas que ofrezcan atención al público o préstamo, los establecimientos de enseñanza y de formación profesional o de investigación.