Ley de Concursos Mercantiles
Título OCTAVO: De los concursos especiales
Capítulo I: De los concursos mercantiles de Comerciantes que prestan servicios públicos concesionados
Artículo 242. Cualquier convenio propuesto en términos del Título Quinto de esta Ley deberá ser notificado a la autoridad concedente, quien podrá vetarlo en el plazo previsto en el artículo 162 de esta Ley.