Código de Justicia Militar
Libro TERCERO: Del Procedimiento
Título TERCERO: Del juicio
Capítulo III: Del juicio ante el Consejo de Guerra Ordinario
Artículo 641. Admitido el impedimento de los que se hubieren excusado y substituidoséstos, con arreglo a la ley, se observará con los designados para ese efecto, lo prevenido en el artículo 785.