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Ley Federal del Trabajo

Título OCTAVO: Huelgas

Capítulo II: Objetivos y procedimientos de huelga

Artículo 450. La huelga deberá tener por objeto:

  1. I. Conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital;

    II. Obtener del patrón o patrones la celebración del contrato colectivo de trabajo y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo III del Título Séptimo;

    III. Obtener de los patrones la celebración del contrato-ley y exigir su revisión al terminar el período de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Título Séptimo;

    IV. Exigir el cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley en las empresas o establecimientos en que hubiese sido violado;

    V. Exigir el cumplimiento de las disposiciones legales sobre participación de utilidades;

    VI. Apoyar una huelga que tenga por objeto alguno de los enumerados en las fracciones anteriores; y

    VII. Exigir la revisión de los salarios contractuales a que se refieren los artículo 399 bis y 419 bis.

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