Ley Federal del Trabajo
Título SEXTO: Trabajos Especiales
Capítulo VIII: Trabajadores del campo
Artículo 282. Las condiciones de trabajo se redactarán por escrito, observándose lo dispuesto en el artículo 25 y siguientes.
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Artículo 282. Las condiciones de trabajo se redactarán por escrito, observándose lo dispuesto en el artículo 25 y siguientes.
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