Ley Federal del Trabajo
Título SEXTO: Trabajos Especiales
Capítulo VII: Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal
Artículo 274. Los sindicatos proporcionarán a los patrones una lista pormenorizada que contenga el nombre y la categoría de los trabajadores que deben realizar las maniobras, en cada caso.