Ley Federal de Telecomunicaciones
Capítulo III: De las concesiones y permisos
Sección III: De las concesiones sobre redes públicas de telecomunicaciones
Artículo 25. La Secretaría analizará y evaluará la documentación correspondiente a la solicitud a que se refiere el artículo anterior en un plazo no mayor de 120 días naturales, dentro del cual podrá requerir a los interesados información adicional.
Una vez cumplidos, a satisfacción, los requisitos a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría otorgará la concesión.