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Ley Federal de Telecomunicaciones

Capítulo III: De las concesiones y permisos

Sección III: De las concesiones sobre redes públicas de telecomunicaciones

Artículo 25. La Secretaría analizará y evaluará la documentación correspondiente a la solicitud a que se refiere el artículo anterior en un plazo no mayor de 120 días naturales, dentro del cual podrá requerir a los interesados información adicional.

Una vez cumplidos, a satisfacción, los requisitos a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría otorgará la concesión.

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