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Ley Federal de Telecomunicaciones

Capítulo III: De las concesiones y permisos

Sección III: De las concesiones sobre redes públicas de telecomunicaciones

Artículo 26. El título de concesión contendrá como mínimo lo siguiente:

  1. I. El nombre y domicilio del concesionario;

    II. El objeto de la concesión;

    III. Los diferentes servicios que pueda prestar el concesionario;

    IV. Los derechos y obligaciones de los concesionarios;

    V. El período de vigencia;

    VI. Las características y el monto de la garantía que, en su caso, deberá otorgar el concesionario, y

    VII. Los compromisos de cobertura geográfica de la red pública.

    Una vez otorgada la concesión, un extracto del título respectivo se publicará en el Diario Oficial de la Federación a costa del interesado.

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