Ley del Servicio de Tesorería de la Federación
Título OCTAVO: De la Vigilancia de Fondos y Valores
Capítulo II: Procedimientos de Vigilancia de Fondos y Valores
Artículo 96. Si las irregularidades que se descubran revisten gravedad que lo justifique, podrá el personal de la Tesorería que practique la diligencia suspender provisionalmente en su cargo al servidor público o auxiliar responsable, previo acuerdo superior.