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Ley del Servicio de Tesorería de la Federación

Título OCTAVO: De la Vigilancia de Fondos y Valores

Capítulo II: Procedimientos de Vigilancia de Fondos y Valores

Artículo 96. Si las irregularidades que se descubran revisten gravedad que lo justifique, podrá el personal de la Tesorería que practique la diligencia suspender provisionalmente en su cargo al servidor público o auxiliar responsable, previo acuerdo superior.

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