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Ley del Servicio de Tesorería de la Federación

Título OCTAVO: De la Vigilancia de Fondos y Valores

Capítulo III: Infracciones y Sanciones

Artículo 101. El personal de vigilancia incurrirá en infracción grave:

  1. I. Por no cumplir oportunamente lasórdenes de movilización;

    II. Por salir del lugar que tenga señalado para su radicación o regresar a él sin orden expresa;

    III. Por no rendir los datos, informes y demás avisos en la forma y términos que señalen las disposiciones reglamentarias;

    IV. Por no integrar, en la forma señalada por las disposiciones reglamentarias, los expedientes que deba formar con motivo de su actuación;

    V. Por no remitir o distribuir en la forma y términos que fijen las disposiciones reglamentarias, los expedientes a que se refiere la fracción anterior;

    VI. Por obrar con negligencia o descuido en el desempeño de sus funciones;

    VII. Por no llevar a cabo los actos de vigilancia que deba efectuar;

    VIII. Por proceder dolosamente en el desempeño de su cargo, ejecutando actos indebidos u omitiendo los que legalmente procedan;

    IX. Por asentar hechos falsos en la documentación, informes o avisos que deba producir con motivo de su actuación;

    X. Por alterar los libros y documentos que examine en el ejercicio de su cargo;

    XI. Por coludirse con otras personas, aun cuando no estén sujetas a la vigilancia, con la mira de obtener algún beneficio para sí o para tercero;

    XII. Por no guardar la reserva debida respecto de lasórdenes que reciba o de los actos de vigilancia en que intervenga, y

    XIII. Por faltar al cumplimiento de las demás obligaciones que le imponga ésta u otras leyes o sus disposiciones reglamentarias.

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