Ley del Seguro Social
Título TERCERO: DEL REGIMEN VOLUNTARIO
Capítulo I: DEL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA
Artículo 245. El Instituto elaborará un informe financiero y actuarial de los seguros de salud para la familia, en los términos y plazos fijados para la formulación del correspondiente a los seguros obligatorios.