Ley del Servicio Postal Mexicano
Título PRIMERO
Capítulo XIII: Acuse de recibo de piezas registradas y con derechos por cobrar
Artículo 43. El servicio de correspondencia con derechos por cobrar requerirá permiso previo del organismo y consiste en que el permisionario proporcione a sus corresponsales sobres o tarjetas sin franquear, ordinario o registrado, para su entrega al propio permisionario quien pagará los derechos correspondientes al recibir las piezas a su consignación.