Ley de Sociedades de Inversión
Capítulo Octavo: De las Filiales de Instituciones Financieras del Exterior
Artículo 72. Las sociedades de inversión Filiales y sociedades operadoras de sociedades de inversión Filiales, en la integración de sus consejos de administración, se ajustarán, según corresponda, a lo previsto en los artículos 12, fracción X, 34, tercer párrafo y 61 de esta Ley.