Ley del Servicio Exterior Mexicano
Capítulo II: De la integración del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 5. La rama técnico-administrativa comprende los siguientes rangos:
I. Coordinador Administrativo;
II. Agregado Administrativo "A";
III. Agregado Administrativo "B";
IV. Agregado Administrativo "C";
V. Técnico-Administrativo "A";
VI. Técnico-Administrativo "B", y
VII. Técnico-Administrativo "C".