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Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares

Capítulo SEGUNDO: De la Responsabilidad Civil por Daños Nucleares

Artículo 12. Cuando un daño haya sido causado en todo o en parte por un accidente nuclear y otro u otros sucesos diversos, sin que pueda determinarse con certeza qué parte del daño corresponde a cada una de esas causas, se considera que todo el daño se debe exclusivamente al accidente nuclear.

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