Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Título SEGUNDO: De los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Capítulo Séptimo: Del Derecho a vivir en Familia
Artículo 27. Tratándose de adopción internacional, las normas internas deben disponer lo necesario para asegurar que niñas, niños y adolescentes sean adoptados por nacionales de países en donde existan reglas jurídicas de adopción y de tutela de sus derechos cuando menos equivalentes a las mexicanas.