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Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Título SEGUNDO: De los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Capítulo Séptimo: Del Derecho a vivir en Familia

Artículo 26. Las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en elámbito de sus atribuciones, velarán porque en las adopciones se respeten las normas que las rijan, las cuales serán diseñadas a fin de que niñas, niños, y adolescentes sean adoptados en pleno respeto de sus derechos y contendrán disposiciones tendientes a que:

  1. A. Se escuche y tome en cuenta en los términos de la ley aplicable su opinión.

    B. Se asesore jurídicamente, tanto a quienes consientan en la adopción, como a quienes la acepten, a fin de que conozcan las consecuencias del hecho.

    C. La adopción no dé lugar a beneficios económicos indebidos para quienes participen en ella.

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