Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Título SEGUNDO: De los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Capítulo Séptimo: Del Derecho a vivir en Familia
Artículo 26. Las autoridades federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en elámbito de sus atribuciones, velarán porque en las adopciones se respeten las normas que las rijan, las cuales serán diseñadas a fin de que niñas, niños, y adolescentes sean adoptados en pleno respeto de sus derechos y contendrán disposiciones tendientes a que:
A. Se escuche y tome en cuenta en los términos de la ley aplicable su opinión.
B. Se asesore jurídicamente, tanto a quienes consientan en la adopción, como a quienes la acepten, a fin de que conozcan las consecuencias del hecho.
C. La adopción no dé lugar a beneficios económicos indebidos para quienes participen en ella.