Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Orgánica de los Tribunales Militares

Capítulo III: Del Jurado Militar Ordinario

Artículo 28. No pueden ser designados miembros de un Jurado Militar Ordinario, los Oficiales de la compañía, del escuadrón o de la batería a que pertenezca el inculpado, y cuando fuere posible, ni los Jefes ni Oficiales de su cuerpo.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.