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Ley Orgánica de la Armada de México

Capítulo QUINTO: SITUACIONES DEL PERSONAL

Artículo 72. El personal se encuentra en servicio activo cuando está:

  1. I. Prestando sus servicios en unidades y establecimientos navales, ya sea como voluntario o de acuerdo con lo establecido en la Ley del Servicio Militar Nacional;

    II. A disposición;

    III. En situación especial;

    IV. En depósito, o

    V. Con licencia.

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