Ley Orgánica de la Armada de México
Capítulo QUINTO: SITUACIONES DEL PERSONAL
Artículo 72. El personal se encuentra en servicio activo cuando está:
I. Prestando sus servicios en unidades y establecimientos navales, ya sea como voluntario o de acuerdo con lo establecido en la Ley del Servicio Militar Nacional;
II. A disposición;
III. En situación especial;
IV. En depósito, o
V. Con licencia.