Ley Orgánica de la Armada de México
Capítulo TERCERO: DEL PERSONAL
Artículo 42. Atendiendo a su formación y funciones, el personal se agrupa en Cuerpo General y servicios.
A su vez, el Cuerpo General y los servicios están constituidos por núcleos y escalas. Los núcleos agrupan al personal profesional, las escalas al técnico profesional y no profesional.