Ley Orgánica de la Armada de México
Capítulo SEGUNDO: DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 25. El Alto Mando de la Armada de México contará con órganos asesores que le proporcionen elementos de juicio para la toma de decisiones, que serán los siguientes:
I. El Consejo del Almirantazgo reducido y ampliado;
II. La Comisión Coordinadora para la Designación de Cargos, y
III. La Comisión Coordinadora para Ascensos.