Ley Orgánica de la Armada de México
Capítulo SEGUNDO: DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 24. Los establecimientos de apoyo logístico tienen por objeto satisfacer las necesidades de personal, material y servicios que los mandos y unidades operativas requieran para el cumplimiento de sus funciones.
Entreéstos se consideran los centros de abastecimiento, de mantenimiento, de personal, de sanidad, de transporte y de instalaciones.