Ley Orgánica de la Armada de México
Capítulo SEGUNDO: DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 18. Los subsectores navales sonáreas determinadas por el Alto Mando, que agrupan a los apostaderos navales.
Tienen a su cargo la conducción de las operaciones tácticas, así como el otorgamiento del apoyo logístico a las operaciones navales que se desarrollen en su jurisdicción.
Están integrados por personal, unidades y establecimientos navales. Los comandantes serán de la categoría de Capitán del Cuerpo General y estarán subordinados al comandante de la zona o sector naval que corresponda.