Ley General de Sociedades Mercantiles
Capítulo V: De la sociedad anónima
Sección PRIMERA: De la constitución de la sociedad
Artículo 106. Para acreditar la participación a que se refiere el artículo anterior, se expedirán títulos especiales denominados “Bonos de Fundador” sujetos a las disposiciones de los artículos siguientes.