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Ley General de Sociedades Cooperativas

Título II

Capítulo III: Del funcionamiento y la administración

Artículo 35. La Asamblea General es la autoridad suprema y sus acuerdos obligan a todos los socios, presentes, ausentes y disidentes, siempre que se hubieren tomado conforme a esta Ley y a las bases constitutivas.

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