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Ley General para el Control del Tabaco

Título Sexto: Cumplimiento de esta Ley

Capítulo II: De la Vigilancia Sanitaria

Artículo 41. Las acciones de vigilancia sanitaria que lleven a cabo las autoridades competentes para efecto de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables, se realizarán de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley General de Salud.

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