Ley en Favor de los Veteranos de la Revolución como Servidores del Estado
Artículo 17.- Los hijos de los Veteranos burócratas tendrán preferencia en igualdad de condiciones, para ser admitidos en los planteles educativos, civiles y militares, quedando exentos de todo género de cuotas. Asimismo serán preferidos para disfrutar hasta del 10% de las becas que asigne la Secretaría de Educación Pública.