Ley Federal del Mar
Título PRIMERO: Disposiciones Generales
Capítulo IV: De la Protección y Preservación del Medio Marino y de la Investigación Científica Marina
Artículo 21. En el ejercicio de los poderes, derechos, jurisdicciones y competencias de la Nación dentro de las zonas marinas mexicanas, se aplicarán la Ley Federal de Protección al Ambiente, la Ley General de Salud, y sus respectivos Reglamentos, la Ley Federal de Aguas y demás leyes y reglamentos aplicables vigentes o que se adopten, incluidos la presente Ley, su reglamento y las normaspertinentes del derecho internacional para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino.