Ley Federal de Derechos
Título PRIMERO: De los Derechos por la Prestación de Servicios
Capítulo III: De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Sección Primera: Inspección y Vigilancia
Artículo 29. Por los siguientes servicios que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión y sociedades valuadoras de acciones de sociedades de inversión: $21,493.94
II. Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión y sociedades valuadoras de acciones de sociedades de
inversión: $221,052.94
III. Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades operadoras exclusivamente de sociedades de inversión de capitales o de sociedades de inversión de objeto limitado: $193,516.51
IV. Por el estudio y trámite de la solicitud para la inversión en sociedades inmobiliarias y empresas de servicios auxiliares o complementarios: $21,493.94
V. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de una institución calificadora de valores: $19,032.98
VI. Por la autorización de una institución calificadora de valores: $221,052.94
VII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades de inversión de renta variable, en instrumentos de deuda, de capitales y de objeto limitado: $17,738.92
VIII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de uniones de crédito: $19,032.96
IX. Por la autorización para la constitución y operación de uniones de
crédito: $195,742.51
X. Por cualquier certificación que se expida relativa al Registro Nacional de
Valores: $370.23
XI. Por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, autorización para la
constitución y operación de las Federaciones a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular. $29,565.12
XII. Por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, autorización para la constitución y operación de sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias con niveles de operación I a IV y Organismos de Integración Financiera Rural a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular $17,739.07
El derecho a que se refiere esta fracción se pagará también por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, autorización para realizar operaciones de ahorro y préstamo, de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo a que se refiere la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
XIII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de casas de bolsa: $19,032.96
XIV. Por la autorización para la constitución y operación de casas de bolsa: $276,000.00
XV. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con
valores: $19,032.96
XVI. Por la autorización para la constitución y operación de sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores: $195,742.51
XVII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de proveedores de precios: $19,032.96
XVIII. Por la autorización para la constitución y operación de proveedores de
precios: $195,742.51
XIX. Por el estudio y trámite de la solicitud para obtener el reconocimiento como organismo autorregulatorio: $27,600.00
XX. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para el establecimiento de oficinas de representación de entidades financieras del exterior: $16,560.00
XXI. Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades de inversión de renta variable, en instrumentos de deuda, de capitales y de objeto
limitado: $34,138.07
XXII. Por la autorización para el inicio de operaciones de casas de bolsa: $849,840.00
XXIII. Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de instituciones de banca múltiple: $34,000.00
XXIV. Por la autorización para la constitución y operación de instituciones de banca
múltiple: $500,000.00
XXV. Por la autorización para el inicio de operaciones de instituciones de banca
múltiple: $1,600,000.00
(Se derogaúltimo párrafo).