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Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Capítulo V: DE LA ACREDITACIÓN, CERTIFICACIÓN Y REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

Artículo 42. La Dirección y Rectoría dictaminará sobre la compatibilidad de los estudios realizados fuera del Sistema Educativo Militar, de conformidad al procedimiento que especifique el reglamento respectivo.

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