Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales

Capítulo CUARTO: Del Uso, Difusión y Honores de la Bandera Nacional

Artículo 37. En la ceremonia de transmisión del Poder Ejecutivo Federal, una vez que el Presidente entrante haya rendido la protesta constitucional, el saliente entregará la Banda al Presidente del Congreso de la Unión, quien la pondrá en manos del Presidente de la República para que éste se la coloque a sí mismo.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.