Ley de Concursos Mercantiles
Título DÉCIMO SEGUNDO: De la cooperación en los procedimientos internacionales
Capítulo II: Del acceso de los representantes y acreedores extranjeros a los tribunales mexicanos
Artículo 287. El solo hecho de la presentación de una solicitud, por un Representante Extranjero, ante un tribunal de la República Mexicana, con arreglo a las disposiciones de este Título, no supone la sumisión de éste ni de los bienes y negocios del Comerciante en el extranjero, a la jurisdicción de los tribunales mexicanos para efectoalguno que sea distinto de la solicitud.