Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Título SEGUNDO: De la Documentación Comprobatoria de la Actuación y del Tiempo de Servicios
Capítulo III: Del Memorial de Servicios
Artículo 31. El Memorial de Servicios es el documento en el que se hace constar la historia de la vida militar del personal de Tropa del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos en orden cronológico. Será elaborado por los Comandantes, Directores o Jefes de quien dependa el militar, a partir del nivel corporación o su equivalente, en los formatos que expida la Secretaría de la Defensa Nacional.