Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicio de la Armada de México
Capítulo II: Comprobación y Ajuste de Servicios
Artículo 9. En la hoja de servicios se anotará:
I. Síntesis biográfica;
II. Jerarquías y fechas en que las obtuvo;
III. Unidades o establecimientos en que ha servido;
IV. Conocimientos que posea con anotación de constancias, títulos, diplomas y calificaciones obtenidas;
V. Participación en campañas y acciones de guerra;
VI. Cargos y comisiones desempeñados;
VII. Hechos meritorios realizados;
VIII. Premios y recompensas;
IX. Castigos sufridos;
X. Licencias que ha disfrutado, y
XI. Conceptos militares conforme a sus hojas de actuación o memoriales de Servicio.