Código Penal Federal
Libro SEGUNDO
Título SEGUNDO: DELITOS CONTRA EL DERECHO INTERNACIONAL
Capítulo III: TERRORISMO INTERNACIONAL
Artículo 148 Quáter. Se aplicará pena de seis a doce años de prisión y de doscientos a seiscientos días multa al que amenace con cometer el delito de terrorismo a que se refiere la fracción primera del artículo 148 Bis.