Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código de Justicia Militar

Libro TERCERO: Del Procedimiento

Título OCTAVO: Prevenciones generales

Artículo 922. En toda sentencia se expresará:

  1. I. La hora, fecha y lugar en que se dicte;

    II. el nombre del juez, magistrados o miembros del consejo, en su caso, y secretarios;

    III. el nombre y apellido del reo, su apodo si lo tiene, el lugar de su nacimiento, edad, categoría militar, corporación de que proceda y su oficio o profesión antes de ser militar;

    IV. la relación de los hechos que motiven el fallo; y

    V. las consideraciones y fundamentos legales que apoyen la resolución.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.