Código de Justicia Militar
Libro TERCERO: Del Procedimiento
Título CUARTO: De los incidentes
Capítulo III: De la acumulación y separación
Artículo 764. El incidente sobre separación de procesos nunca suspenderá el curso de éstos y se substanciará por cuerda separada, en la misma forma que el de acumulación.