Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código de Justicia Militar

Libro TERCERO: Del Procedimiento

Título TERCERO: Del juicio

Capítulo IV: De la policía de la audiencia

Artículo 698. A toda audiencia deberá concurrir, además de la escolta encargada de la custodia del reo, la tropa que el presidente del consejo considere necesaria para hacer cumplir sus disposiciones y conservar el orden.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.