Código de Justicia Militar
Libro TERCERO: Del Procedimiento
Título TERCERO: Del juicio
Capítulo III: Del juicio ante el Consejo de Guerra Ordinario
Artículo 657. Después de que todos los testigos hayan declarado, el presidente podrá, por sí, a solicitud de las partes o de los vocales del consejo, mandar que algunos de ellos se retiren de la audiencia y que los designados para quedarse sean oídos de nuevo, ya sea en presencia unos de otros, ya separadamente.