Código de Justicia Militar
Libro TERCERO: Del Procedimiento
Título SEGUNDO: De los procedimientos previos al juicio
Capítulo III: Comprobación del cuerpo del delito y de la probable responsabilidad
Artículo 481. Todos los delitos que por este Código no tengan señalada una prueba especial, se justificarán comprobando todos los elementos materiales que los constituyen, según la definición que de ellos se hace en el libro segundo de este Código.