Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código Federal de Procedimientos Penales

Título DECIMO TERCERO: Ejecución

Capítulo VII: Rehabilitación

Artículo 575. Concedida la rehabilitación por el Ejecutivo, la Secretaría de Gobernación comunicará la resolución al tribunal correspondiente, para que haga la anotación respectiva en el proceso.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.