Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código Federal de Procedimientos Penales

Título DECIMO: Recursos

Capítulo II: Apelación

Artículo 382. El día señalado para la vista comenzará la audiencia haciendo el secretario del tribunal una relación del asunto; en seguida hará uso de la palabra el apelante y a continuación las otras partes, en el orden que indique quien presida la audiencia. Si fueren dos o más los apelantes, usarán de la palabra en el orden que designe el mismo funcionario que presida.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.