Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Código Civil Federal

Libro PRIMERO: De las Personas

Título OCTAVO: De la Patria Potestad

Capítulo III: De los Modos de Acabarse y Suspenderse la Patria Potestad

Artículo 444 bis. La patria potestad podrá ser limitada cuando el que la ejerce incurra en conductas de violencia familiar previstas en el artículo 323-ter de este Código, en contra de las personas sobre las cuales la ejerza.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.