Ley Federal del Trabajo
Título CATORCE: Derecho Procesal del Trabajo
Capítulo XVII: Procedimiento ordinario ante las juntas de conciliación y arbitraje
Artículo 881. Concluida la etapa de ofrecimiento y admisión de pruebas, solamente se admitirán las que se refieren a hechos supervenientes o de tachas.