Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Federal del Trabajo

Título CATORCE: Derecho Procesal del Trabajo

Capítulo XV: De las providencias cautelares

Artículo 864. Si el demandado constituye depósito u otorga fianza bastante, no se llevará a cabo la providencia cautelar o se levantará la que se haya decretado.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.