Ley Federal del Trabajo
Título CATORCE: Derecho Procesal del Trabajo
Capítulo XV: De las providencias cautelares
Artículo 860. La persona que quebrante el arraigo decretado, será responsable del delito de desobediencia a un mandato de autoridad. Para este efecto, el Presidente de la Junta hará la denuncia respectiva ante el Ministerio Público respectivo.