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Ley Federal del Trabajo

Título CATORCE: Derecho Procesal del Trabajo

Capítulo XV: De las providencias cautelares

Artículo 860. La persona que quebrante el arraigo decretado, será responsable del delito de desobediencia a un mandato de autoridad. Para este efecto, el Presidente de la Junta hará la denuncia respectiva ante el Ministerio Público respectivo.

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