Ley Federal del Trabajo
Título CATORCE: Derecho Procesal del Trabajo
Capítulo XIV: De la revisión de los actos de ejecución
Artículo 849. Contra actos de los presidentes, actuarios o funcionarios, legalmente habilitados, en ejecución de los laudos, convenios, de las resoluciones que ponen fin a las tercerías y de los dictados en las providencias cautelares, procede la revisión.