Ley Federal del Trabajo
Título CATORCE: Derecho Procesal del Trabajo
Capítulo XIII: De las resoluciones laborales
Artículo 841. Los laudos se dictarán a verdad sabida, y buena fe guardada y apreciando los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a reglas o formulismos sobre estimación de las pruebas, pero expresarán los motivos y fundamentos legales en que se apoyen.