Ley Federal del Trabajo
Título CATORCE: Derecho Procesal del Trabajo
Capítulo XIII: De las resoluciones laborales
Artículo 840. El laudo contendrá:
I. Lugar, fecha y Junta que lo pronuncie;
II. Nombres y domicilios de las partes y de sus representantes;
III. Un extracto de la demanda y su contestación que deberá contener con claridad y concisión, las peticiones de las partes y los hechos controvertidos;
IV. Enumeración de las pruebas y apreciación que de ellas haga la Junta;
V. Extracto de los alegatos;
VI. Las razones legales o de equidad; la jurisprudencia y doctrina que les sirva de fundamento; y
VII. Los puntos resolutivos.