Ley Federal del Trabajo
Título ONCE: Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales
Capítulo XII: Junta federal de conciliación y arbitraje
Artículo 619. Los Secretarios Generales de la Junta tienen las facultades y obligaciones siguientes:
I. Actuar como Secretarios del Pleno;
II. Cuidar de los archivos de la Junta; y
III. Las demás que les confiera esta Ley.