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Ley Federal del Trabajo

Título ONCE: Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales

Capítulo XII: Junta federal de conciliación y arbitraje

Artículo 619. Los Secretarios Generales de la Junta tienen las facultades y obligaciones siguientes:

  1. I. Actuar como Secretarios del Pleno;

    II. Cuidar de los archivos de la Junta; y

    III. Las demás que les confiera esta Ley.

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